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WADA remite casos de cumplimiento de NADOs nigeriano y venezolano al CAS.

Posted : 14 February 2024

Tras la reunión del Comité Ejecutivo de la Agencia Mundial Antidopaje (WADA) el 17 de noviembre de 2023 y una actualización el 8 de diciembre de 2023, la WADA proporciona información adicional sobre la decisión del Comité Ejecutivo de respaldar las recomendaciones del Comité de Revisión de Cumplimiento Independiente de la WADA y acusar a las Organizaciones Nacionales Antidopaje (NADO) de Nigeria y Venezuela de no cumplir con el Código Mundial Antidopaje.

 

En el caso de Nigeria, la no conformidad se debe a que el NADO no abordó los requisitos críticos para su programa antidopaje después de una auditoría realizada por la WADA a finales de 2022, mientras que el NADO venezolano no cumplió con varios requisitos críticos del Cuestionario de Cumplimiento con el Código.

 

Según el Artículo 9.3.1 de la Norma Internacional para el Cumplimiento del Código por los Firmantes (ISCCS), los NADO tenían 21 días a partir de la fecha de recepción del aviso formal de no conformidad para impugnar las alegaciones de no conformidad de la WADA, así como las consecuencias y/o las condiciones de reinstalación propuestas por la Agencia.

 

Antes de ese plazo de 21 días, la WADA recibió notificación formal de los dos NADO de que impugnaban las alegaciones de no conformidad en su contra, así como las consecuencias propuestas. En consecuencia, y de acuerdo con el Artículo 24.1.7 del Código, la WADA anuncia públicamente que presentó dos solicitudes de arbitraje separadas ante el Tribunal de Arbitraje del Deporte (CAS) el 9 de febrero de 2024.

 

Según se establece en el mismo artículo, ciertos Firmantes tienen el derecho de intervenir en los procedimientos del CAS como parte, mientras que otras personas pueden presentar solicitudes y ser autorizadas a intervenir bajo ciertas condiciones. Según el mismo artículo, el aviso de intervención o la solicitud de intervención deben presentarse dentro de los 10 días posteriores a la publicación de este aviso. Las alegaciones de no conformidad y las consecuencias no entrarán en vigor hasta que el CAS dicte su fallo.

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